
La AFIP prorrogó el plazo para que los monotributistas realicen la recategorización semestral y cumplan con la obligación de pago mensual correspondiente a agosto. La decisión del organismo garantiza que los pequeños contribuyentes puedan realizar la recategorización con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes.
Al finalizar cada semestre calendario (enero/junio y julio/diciembre), la AFIP pondrá a disposición la información que tenga sobre tu situación tributaria a través de la web y mediante la remisión de alertas al “Domicilio Fiscal Electrónico”, al cual la persona deberá adherirse ingresando a la web de la AFIP con la clave fiscal.
Cada seis meses el monotributista deberá hacer una recategorización, teniendo en cuenta su actividad en los últimos 12 meses. En julio de cada año el monotributista deberá confirmar su categoría o hacer una recategorización en caso de corresponder. Sin embargo, quedan exentos de dicha obligación aquellos inscriptos en el Registro Nacional de Electores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social y los asociados a cooperativas de trabajo.
La recategorización para las y los monotributistas estará habilitada del 28 de julio al 17 de agosto y las nuevas categorías que surjan en función de la recategorización, tendrán efectos entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.
QUÉ NECESITO PARA PODER REALIZAR LA RECATEGORIZACIÓN DE MONOTRIBUTO
- CUIT
- Clave fiscal de AFIP
- Estar incluido en el régimen de monotributo

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